Luego
de realizado el aforo, el Distrito aduanero autorizara el pago de
tributos aduaneros, siempre y cuando en el aforo documental o en
el aforo físico, no aparecieren observaciones que formular
a la declaración. Una vez pagados los tributos al comercio
exterior en uno de los bancos autorizados para receptar los pagos,
la aduana proceda a la confirmación de los mismo, luego de
lo cual, autoriza la entrega de la mercadería. |
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El
aforo es el acto administrativo de determinación tributaria,
mediante el cual el distrito aduanero procede a la revisión
documental o al reconocimiento físico de las mercancías
para establecer su naturaleza, cantidad, valor, y clasificación
arancelaria. |
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